El verificador que proponemos
Un programa de verificación previa y planificación de la elegibilidad según la Ley del Retorno de Israel (1950). Determina de antemano quién tiene derecho a volver y le entrega la prueba, para que la respuesta ya exista el día en que importa. Está pensado para los judíos de la diáspora que algún día puedan necesitar moverse rápido, y para las instituciones que tendrán que recibirlos.
- Una conversación breve. En la aplicación de mensajería que ya usa cada persona, en su propio idioma.
- Un documento principal. El documento que sustenta la solicitud: aquel en el que se basaría una preaprobación de la Agencia Judía.
- Un veredicto claro. Elegible o no elegible según la Ley del Retorno, en minutos.
- Una credencial fechada. Si es elegible, una credencial que registra ese resultado, su fecha y las reglas aplicadas.
Un documento, y la familia que lleva consigo
Cuando la solicitud de una persona no se sostiene por sí sola, el verificador no se detiene. Realiza una comprobación de elegibilidad derivada: si la elegibilidad de un cónyuge, un padre, un abuelo u otro familiar se extiende a esa persona según las reglas de las tres generaciones y del cónyuge. Para ello construye los árboles familiares en los que realmente se basa la Ley del Retorno, guardando solo los vínculos que transmiten elegibilidad. Un familiar no elegible nunca cierra la conversación para todo un hogar.
De quién son las reglas de elegibilidad
Las reglas de elegibilidad no nos corresponde inventarlas, y no las queremos. Proponemos que las reglas que aplica el verificador sean propiedad de la Agencia Judía, que gestiona hoy el proceso de elegibilidad, y mantenidas por ella. Get Out Now recibiría su divulgación completa y solo las revisaría en cuanto a coherencia interna y casos límite, como simple control, sin veto ni poder para modificar ninguna regla. La Agencia decide qué es la comprobación; nosotros la ejecutamos a gran escala.
Se trata de una estructura propuesta. Hoy no existe ningún acuerdo de este tipo, y nada de lo aquí expuesto debe interpretarse como un respaldo de la Agencia Judía, de Nefesh B'Nefesh o de cualquier autoridad israelí, ni como un acuerdo con ellos.
Qué es la credencial, y qué no es
La credencial registra que una persona cumplió el criterio de elegibilidad en una fecha determinada, según unas reglas determinadas. No concede entrada, asilo, ciudadanía ni estatus según la Ley del Retorno, no abre ninguna frontera y no obliga a ninguna autoridad. Todas esas decisiones siguen en manos del Estado de Israel y de la Agencia Judía.
No guarda nada
Los documentos se verifican y no se conservan. Solo se guardan el resultado y su fecha. La credencial queda en manos de la persona.
Los desastres naturales están incluidos
La persecución no es lo único que vacía una ciudad. Terremotos, inundaciones, incendios, tormentas y colapsos de infraestructura crean el mismo problema con menos tiempo. La pregunta de la elegibilidad no cambia según la causa de la emergencia, así que los desastres naturales forman parte deliberadamente del programa.
Si necesitas ayuda ahora
- Envía tu nombre y tu número, y elige tu aplicación de respuesta. El correo es opcional.
- Un voluntario se pone en contacto contigo en la aplicación elegida.
- Te ayudamos a entender tu elegibilidad según la Ley del Retorno y el proceso oficial de aliá.
¿En peligro inmediato? Contacta con los servicios de emergencia locales o con la embajada o el consulado de Israel más cercano.
Nunca te pediremos dinero ni escaneos del pasaporte por chat. Si alguien que dice ser nosotros lo hace, no somos nosotros.
La Ley del Retorno
La Ley del Retorno de Israel (1950) otorga a los judíos, y a sus hijos, nietos y cónyuges, el derecho a inmigrar a Israel y obtener la ciudadanía, dondequiera que hayan nacido o vivan hoy.